Crucitas: un antiguo problema

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Sofía Ramírez J./Para CAMPUS
soframji@gmail.com




Si bien el caso de de la minería en Crucitas generó diversas reacciones entre los costarricenses, ahora ha pasado casi al olvido para muchas personas, hasta tanto la Sala Constitucional resuelva todos los recursos de amparo que se presentaron en contra de este proyecto.

Pero este no es un caso nuevo en Costa Rica. Diversos proyectos de minería se vienen gestando desde hace muchos años, aunque algunos no se han logrado concretar.

Desde el principio…


El Proyecto Minero Crucitas inició cuando se presentó la solicitud del permiso de exploración el 30 de agosto de 1991 por Maurice Eugene Coates, geólogo canadiense, representante de la empresa Vientos de Abangares S.A., con el que se llevarían a cabo obras de exploración durante un período de cinco años. Como resultado se descubrió un depósito de oro importante.

En 1995 se certificó que la totalidad del capital social de está empresa pertenecía a la sociedad Placer Dome de Costa Rica S.A., cuyo presidente era William Earl Threlked, geólogo estadounidense. También se supo que la totalidad del capital social era de esa empresa, la cual pertenecía a Placer Dome Latin America Limited y tenía como apoderado a William Earl Threlked.

Según datos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), hasta 1996 Placer Dome había sometido a trámite de aprobación unas 70 solicitudes de exploración, de las cuales al menos 15 le habían sido aprobadas; incluyendo las que afectan áreas protegidas.

Pero para 1997, Placer Dome había adquirido 495 hectáreas en la región, con una inversión cercana a los US$7 millones, generando controversia entre el Estado, las consultoras nacionales que participaron en los estudios de impacto ambiental, las organizaciones no gubernamentales y las agrupaciones locales.

En marzo de 1997, la SETENA paralizó las actividades de exploración de Placer Dome Inc. en su proyecto Las Crucitas, argumentando problemas de impacto adverso ocasionado al bosque, pérdida de suelos por erosión, contaminación del agua de ríos y quebradas, e impacto negativo en la fauna silvestre (ruido, pérdida de hábitat, contaminación de fuentes de alimento).

Para 1998 Placer Dome Latin America inició la venta de acciones de su proyecto en Costa Rica, proceso que se concretó en 1999 a favor de la empresa canadiense Lyon Lake Mines Ltd., la cual modificó su razón social y pasó a ser Industrias Infinito Sociedad Anónima (Industrias Infinito).

El hecho más importante sobre este tema ocurrió en mayo de 1998, cuando la empresa Placer Dome hizo pública su decisión de marcharse del país, tras argumentar que los yacimientos explorados en Las Crucitas no cumplieron con las expectativas de la empresa, en cuanto a sus potencialidades y rentabilidad. Queda planteada, sin embargo, la posibilidad de que esta empresa transfiera sus derechos de explotación a otras empresas.

En diciembre de 1999 se presentó la solicitud de concesión de explotación minera a la Dirección de Geología y Minas, solicitud con la que se le otorgaban los derechos mineros en el área por un período de 10 años.

En marzo de 2001, Industrias Infinito presentó ante la SETENA el estudio de impacto ambiental del Proyecto Minero Crucitas. Los derechos mineros en el área rigen por un período de 10 años a partir del 16 de enero del 2002, y será minería a cielo abierto con lixiviación por cianuro, prohibida actualmente en muchos lugares del mundo por la contaminación de gran alcance que genera. Pero además de la degradación que ésta provocará en el ambiente local, también requerirá la tala de varias hectáreas de bosque.

La comisión plenaria de la SETENA rechazó el estudio de impacto ambiental presentado por la empresa Industrias Infinito para el proyecto Crucitas.

El 17 de diciembre de 2001, el entonces presidente de la República Miguel Ángel Rodríguez y la ministra de Ambiente y Energía, Elizabeth Odio, otorgan la concesión de explotación minera a Industrias Infinito, sin perjuicio de lo que determinara el estudio de impacto ambiental.

Esta resolución fue anulada en abril del 2002, ya que se reclama que la explotación minera en esa zona es violatoria de convenios internacionales, como el de Biodiversidad Centroamericano.

La SETENA rechazó, en marzo del 2003, el estudio de impacto ambiental presentado por Industrias Infinito. Sin embargo, el Ministro del Ambiente ordenó a la SETENA, en octubre del 2003, iniciar de nuevo con otro estudio de impacto ambiental del proyecto, por una serie de tecnicismo en la publicación y en la notificación de la resolución. La empresa minera presentó de nuevo el mismo y otra vez se le rechazó.

Octubre 2008

El 17 de octubre de 2008 el tema de la minería a cielo abierto en Crucitas volvió a la agenda nacional, cuando la Empresa Industrias Infinito anunció que se empezaría con la actividad minera en la zona de Las Crucitas, en Cutris de San Carlos.

Marco Tulio Araya, del Frente de Oposición a la Minería de la Zona Norte, comentó que la actividad minera no permite que existan árboles; es decir, se debe talar la montaña, para luego empezar a escarbar y a sacar la roca que contiene el oro.

“Se necesita una tonelada y media o más de roca para poder sacar un gramo de oro. Para sacar un kilo tienen que moler y licuar grandes cantidades de material con millones de litros de agua cianurada, porque el cianuro actúa como un imán que atrae las microscópicas partículas de oro. Una mina que extrae oro y otros metales mediante este procedimiento, que se llama lixiviación, requiere una cantidad de agua tal, que el agua que gasta la mina en una hora es el agua que consume una familia campesina en 20 años”, agregó Araya.

El presidente Oscar Arias, mediante un decreto del Poder Ejecutivo y el MINAET autorizó talar 262 hectáreas de bosque con abundante biodiversidad, incluyendo áreas de protección de quebradas, ríos para la construcción de una mina que explote oro, plata y otros metales, mediante lixiviación con cianuro, tras declarar el proyecto de interés público y conveniencia nacional.

Las leyes de Costa Rica prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles con el propósito de proteger la biodiversidad. Solo una alternativa: que el proyecto que el gobierno o la empresa privada vayan a ejecutar sea de conveniencia nacional y la misma ley plantea que sólo podrá realizarse cuando los beneficios sociales sean mayores que los costos socio-ambientales.

Impactos irreversibles

• Eliminación total de la cobertura boscosa.

• Efectos en flora y fauna y ecosistemas.

• Afectación del suelo.

• Extracción de roca, mediante el uso de explosivos.

• Efectos asociados al procesado de roca mediante quebradores.

• Efectos asociados a la extracción de los metales mediante sustancias químicas.

• Producción de residuos líquidos y sólidos.

• Efectos en el drenaje superficial.

• Efectos en los acuíferos.

• Efectos en el paisaje.

• Condiciones de riesgo.

• Efectos en las comunidades.

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